Términos y Condiciones del Servicio
Resumen del contrato de prestación de servicios profesionales · Última actualización: octubre 2026
Estas condiciones resumen el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Gestión Fiscal, Contable y Laboral de YELOX GESTIÓN SL (CIF B05579859). El contrato completo se firma electrónicamente al contratar.
1. Objeto y alcance
Yelox presta servicios de gestión fiscal y contable y servicios complementarios. Las actividades incluidas y excluidas se detallan en el Anexo I del contrato. El servicio laboral (nóminas, contratos, seguros sociales) se contrata aparte mediante el complemento laboral.
2. Obligaciones del cliente
El cliente se compromete a aportar la documentación en formato digital, digitalizándola en el software habilitado por Yelox, y a facilitar inventario y movimientos bancarios mensualmente. La referencia es entre los días 1 y 5 de cada mes; superado ese plazo, Yelox declina responsabilidad sobre la automatización contable y la presentación de impuestos. Se recomienda subir las facturas a diario.
3. Responsabilidad
Yelox no responde de las consecuencias derivadas de la omisión o falseamiento de datos por el cliente, de gastos no deducibles digitalizados por el cliente, de la ausencia de envío de facturas a VeriFactu, ni de las actuaciones realizadas sin asesoramiento previo. Las presentaciones fuera de plazo solicitadas por el cliente exoneran a Yelox de sanciones.
4. Duración y cancelación
El contrato tiene una duración inicial de doce meses, renovable tácitamente por periodos anuales. La cancelación requiere preaviso de dos meses por escrito a gestoria@yelox.es. Existe un derecho de desistimiento de 14 días naturales (art. 69 Ley 3/2014) mediante el formulario del Anexo III.
5. Condiciones económicas
El pago se realiza mediante suscripción en Stripe (tarjeta). El servicio comienza tras el primer abono. Las cuotas se actualizan anualmente según IPC y pueden revisarse según el volumen de facturación trimestral, con preaviso de un mes. La falta de pago faculta a Yelox a suspender el servicio y retirar el acceso al software de facturación compartida. Recibos devueltos: 20 € + IVA de gastos administrativos.
Plan Autónomos
Cuota única 50 € + IVA/mes · Actualización anual con el IPC de diciembre6. Confidencialidad y protección de datos
Yelox trata la documentación de forma confidencial durante la vigencia del contrato y 5 años más, conforme al RGPD (UE 2016/679), la LOPD-GDD 3/2018, la Ley 11/2001, la Ley 18/2022 y el RD 1007/2023. Ver Política de Privacidad.
7. El portal del cliente y los servicios digitales
El acceso al portal del cliente, al software de facturación, a la petición de citas, al chat de asistencia, a la firma electrónica de documentos y a los demás servicios digitales de Yelox se incluye con la gestoría contratada, sin coste adicional salvo que se indique expresamente lo contrario (p. ej. servicios complementarios o módulos opcionales). El cliente es responsable de la custodia de sus credenciales de acceso y de notificar sin demora cualquier uso no autorizado de su cuenta.
La firma electrónica realizada a través del portal tiene la validez que le reconoce el Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) para la firma electrónica simple/avanzada según el mecanismo empleado en cada documento.
8. Facturación electrónica y VeriFactu
Yelox pone a disposición del cliente un sistema informático de facturación (SIF) conforme al Reglamento VeriFactu (RD 1007/2023) y a la normativa de facturación electrónica B2B. El cliente es responsable de la veracidad de los datos que introduce o importa en el sistema, de mantener vigente y correctamente configurado su propio certificado electrónico cuando opte por aportarlo, y de remitir sus facturas a la AEAT cuando la normativa se lo exija. Yelox no responde de los incumplimientos derivados de certificados caducados, revocados o indebidamente custodiados por el cliente, ni de datos de terceros (clientes o proveedores del cliente) que resulten inexactos.
9. Uso de inteligencia artificial
Yelox emplea sistemas de inteligencia artificial como herramienta de apoyo para tareas como la clasificación de documentos y facturas, la propuesta de asientos contables, la redacción de borradores de escritos y las respuestas a consultas sencillas del portal. La IA no sustituye el criterio profesional del gestor: ninguna propuesta generada por IA produce efectos frente a la AEAT, la Seguridad Social u otro organismo, ni se incorpora a la contabilidad del cliente, sin la revisión y confirmación expresa de un profesional de Yelox o del propio cliente cuando el flujo se lo permite. El cliente puede solicitar en cualquier momento información sobre qué decisiones han contado con apoyo de IA, conforme al artículo 22 del RGPD.
10. Disponibilidad del servicio
Yelox pone sus mejores medios técnicos para mantener el portal y el software disponibles de forma continuada, sin que ello constituya una garantía de disponibilidad del 100%. Yelox no responde de las interrupciones causadas por mantenimiento programado (que se comunicará con antelación razonable cuando sea previsible), por causas de fuerza mayor, ni por fallos de terceros proveedores (conectividad, administraciones públicas, pasarela de pago, proveedores de inteligencia artificial).
11. Propiedad intelectual del software
El software, los desarrollos, el código fuente y las marcas de Yelox son titularidad de YELOX GESTIÓN SL y están protegidos por la normativa de propiedad intelectual e industrial; el contrato no transmite ningún derecho sobre ellos más allá del uso del servicio contratado. Los datos, documentos y contenidos que el cliente introduce en la plataforma son y seguirán siendo de su propiedad; a la finalización del contrato, el cliente podrá solicitar su exportación conforme al procedimiento habilitado en el portal.
12. Legislación y jurisdicción
El contrato se rige por el art. 1.544 y siguientes del Código Civil y la legislación española. Las controversias se someterán a acuerdo extrajudicial (Ley Orgánica 1/2025) y, en su defecto, a los Juzgados y Tribunales de Zaragoza.
Este texto es un resumen informativo. Prevalece el contrato de prestación de servicios firmado entre las partes.